Se puede tener permiso de residencia o residencia administrativa en un país, y no tener, sin embargo, la consideración de residente fiscal en el mismo. En algunos casos le resultará necesario acreditar la residencia fiscal en España, bien para acreditar, en general, la residencia en territorio español, bien para acreditar la condición de residente en España a efectos de aplicar los convenios de doble imposición suscritos por España.
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